Micelio
Auto8 de mayo de 2013

A- de 2013

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Elisenia Morales Gutierrez Vs Unidad Administrativa Especial Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Normas que determinan la competencia
Conflicto De Competencia
  • Principio de interpretación del efecto útil de la Acción de Tutela y Habeas Corpus
Consejo Superior De La Judicatura
  • Creación de cargos de Magistrados de Tribunales Superiores y Jueces Civiles del Circuito especializados en restitución de tierras
Corte Constitucional
  • Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
8 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia.

Sometido el asunto a reparto administrativo le correspondió el mismo al Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio, quien decidió tramitar el caso y no conceder el amparo constitucional solicitado.

Luego de ser impugnada la anterior decisión, el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Especializada en Restitución de Tierras, se abstuvo de avocar el conocimiento de la alzada pues, a su juicio, el competente para estudiarla era la Sala Civil del Tribunal Superior de Villavicencio, por ser el superior jerárquico y funcional de quien decidió en primera instancia y además, porque las facultades otorgadas a estas Salas Especializadas se limitó a conocer en segunda instancia, aquellos asuntos sobre restitución de tierras y no de los de tutela o de otros procedimientos.

Con base en la anterior fundamentación consideró que quien debía resolver la apelación era el Tribunal Superior de Villavicencio y en virtud de ello resolvió enviar el expediente a esa Corporación.

El Tribunal Superior de Villavicencio a su vez, se declaró no competente y remitió el expediente a la Corte Constitucional para que decida el conflicto suscitado.

Luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela, la Sala consideró que quien debe resolver la impugnación propuesta en la tutela de la referencia es el Tribunal Superior de Villavicencio, Sala Civil.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, Sala Civil-Familia, el 4 de marzo de 2013, dentro del expediente ICC-1882, que propuso la existencia de un conflicto negativo de competencia dentro de la accion de tutela promovida por la senora Elisenia Morales Gutierrez, quien actua en nombre y representacion de su nucleo familiar, contra la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas.
  2. Segundo. REMITIR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, Sala Civil-Familia, el expediente ICC-1882, para que de manera inmediata tramite y decida la impugnacion presentada por la accionante y profiera decision de fondo de segunda instancia respecto del amparo solicitado.
  3. Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Especializada en Restitucion de Tierras, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.